REGLAMENTACIÓN DE LEY DEL  TRABAJO DEL ENFERMERO PERUANO LEY Nº 27669

DECRETO SUPREMO N° 004 - 2002 - SA

 

 

Fuente Diario  " EL PERUANO" -  22 de Junio del  2002

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EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Ley del Trabajo de  Enfermera(o)

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Ley N° 27669, se promulgó la Ley del Trabajo de la Enfermera (o), cuya Quinta Disposición Final estableció la expedición del respectivo Reglamento;

DECRETO SUPREMO Nº 004-2002-SA y,
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118° ( inciso 8) de la Constitución Política del Perú y en la Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo N° 560;

 

DECRETA:

 

APROBACION

 

Artículo 1°.- Aprobar el Reglamento de la Ley N° 27669 - Ley del Trabajo de la Enfermera (o), que consta de Diecinueve artículos y Dos Disposiciones Complementarias y Finales.

 

REFRENDO

 

Artículo 2°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas, de Trabajo y Promoción del Empleo y de Salud.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiun días del mes de Junio del año dos mil dos.

 

ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República

PEDRO PABLO KUCZYNSKI

Ministro de Economía y Finanzas

FERNANDO VILLARAN DE LA PUENTE

Ministro de Trabajo y Promoción de Empleo

FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE

Ministro de Salud