REGLAMENTACIÓN DE LEY DEL TRABAJO DEL ENFERMERO PERUANO LEY Nº 27669 DECRETO SUPREMO N° 004 - 2002 - SA |
|
|
Fuente Diario " EL PERUANO" - 22 de Junio del 2002 |
ENLACES RELACIONADOS |
|
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA |
|
Ley del Trabajo de Enfermera(o) |
CONSIDERANDO: |
Que mediante Ley N° 27669, se promulgó la Ley del Trabajo de la Enfermera (o), cuya Quinta Disposición Final estableció la expedición del respectivo Reglamento; |
|
DECRETO SUPREMO Nº 004-2002-SA | y, |
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118° ( inciso 8) de la Constitución Política del Perú y en la Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo N° 560; | |
DECRETA: |
|
APROBACION |
|
Artículo 1°.- Aprobar el Reglamento de la Ley N° 27669 - Ley del Trabajo de la Enfermera (o), que consta de Diecinueve artículos y Dos Disposiciones Complementarias y Finales. |
|
REFRENDO |
|
Artículo 2°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas, de Trabajo y Promoción del Empleo y de Salud. |
|
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiun días del mes de Junio del año dos mil dos. | |
ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República |
|
PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas |
|
FERNANDO VILLARAN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción de Empleo |
|
FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud |
|
|